ARTÍCULO

Ordenanza de ruido Jaén. Protección Contra la Contaminación Acústica en la ciudad de Jaén.

La ordenanza de ruido Jaén ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 202 de 20 de octubre de 2015. BOP 202 de 20 de octubre de 2015, en vigor desde el 07/11/2015.

Aprobada inicialmente la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica en la ciudad de Jaén por la Corporación Municipal, en sesión Ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2014, expuesta al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, de fecha 13 de febrero de 2015, y resueltas todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo, se aprueba definitivamente por la Corporación Municipal, en sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2015, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

La entrada en vigor de la Ordenanza tendrá lugar 15 días hábiles después de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, conforme al art. 70.2 de la Ley 7/85. Basada en el Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, y se modifica el Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.

La Ordenanza de ruido Jaén, se establecen, los condicionantes de aislamiento acústico y mediciones de ruido, para bares, restaurantes pub y discotecas. Así como los niveles de ruido permitidos en vecinos colindantes y el producido por las terrazas o veladores. Del mismo modo se trata las características de la televisión o televisiones es en bares y restaurantes.

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